JOSÉ MANUEL LINARES ESPIL.
COSAS DE ABOGACÍA.
Resumen
En el marco del proceso electoral de 2024 y ante la inminente reforma al Poder Judicial que propone la elección popular de ministros, magistrados y jueces, se visibiliza una paradoja fundamental en el régimen democrático mexicano: el contraste entre la voluntad popular y el ejercicio del poder por parte del partido gobernante. Este artículo examina los elementos normativos, políticos y simbólicos que sustentan esta tensión, así como las implicaciones de la subordinación institucional al Ejecutivo, incluso en un momento histórico marcado por la elección de la primera presidenta de la República. La investigación se apoya en fuentes jurídicas, periodísticas y doctrinales, con el objetivo de contribuir al debate sobre la calidad democrática en México.
Palabras clave: Democracia, Poder Judicial, elección popular, presidencialismo, independencia judicial, Claudia Sheinbaum.
Introducción
La democracia mexicana se encuentra en una encrucijada estructural. A pesar de los avances en términos de participación electoral y alternancia política, persisten prácticas autoritarias encubiertas dentro de sus instituciones. Esta situación se evidencia con especial claridad en el contexto de la reforma judicial propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador en febrero de 2024, cuyo objetivo es modificar la forma en que se elige a los integrantes del Poder Judicial, estableciendo su designación mediante sufragio universal.
Paradójicamente, esta propuesta se presenta en un momento que podría considerarse de consolidación democrática, dado que, por primera vez en la historia del país, una mujer —Claudia Sheinbaum— ha sido electa como presidenta de la República. No obstante, la narrativa de democratización convive con prácticas de concentración del poder y centralismo partidista que contravienen los principios básicos del constitucionalismo democrático.
- Contexto político e institucional de la reforma judicial
El 5 de febrero de 2024, el presidente presentó un paquete de veinte reformas constitucionales. Una de las más controvertidas es la que propone elegir a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados de tribunales y jueces federales a través del voto popular.
Según el Ejecutivo federal, esta medida busca “devolver al pueblo el control del Poder Judicial” y eliminar la corrupción estructural en dicho poder del Estado. Sin embargo, diversos sectores académicos, judiciales y de la sociedad civil han advertido que esta reforma podría tener efectos contrarios, debilitando la independencia judicial y fortaleciendo el control del partido en el poder sobre instituciones clave del Estado.
El exministro José Ramón Cossío Díaz afirmó en entrevista con El Universal (2024) que la elección popular de jueces y ministros “rompería el principio de independencia judicial” al introducir la lógica electoral y partidista en un ámbito que debe estar regido por criterios de imparcialidad técnica y jurídica.
- Fundamento constitucional y análisis normativo
Actualmente, el artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la Suprema Corte se integra por once ministros nombrados por el Presidente de la República y ratificados por el Senado. Este diseño busca garantizar la independencia judicial mediante un sistema de pesos y contrapesos.
Modificar este esquema requiere una reforma constitucional conforme al artículo 135 de la Carta Magna, el cual impone un procedimiento calificado que involucra la aprobación por dos terceras partes del Congreso de la Unión y la mayoría de las legislaturas estatales.
Sin embargo, el problema no es sólo jurídico, sino también político: en un contexto donde el partido gobernante posee mayorías calificadas o cuasi calificadas, el riesgo de capturar al Poder Judicial a través de mecanismos “democráticos” como el sufragio directo se convierte en una posibilidad real.
- El papel del partido en el poder y la lógica de la imposición
La centralización del poder en el partido gobernante no es una novedad en la historia política de México, pero sí resulta preocupante cuando se justifica bajo la retórica de la democracia directa. En el caso de Morena, el control de candidaturas —incluso en procesos internos— ha sido reiteradamente denunciado por militantes, analistas y medios como Reforma (2024), que documentaron designaciones verticales sin consulta efectiva a las bases.
Si este modelo se traslada al ámbito judicial, los candidatos a jueces y ministros no serían electos por su idoneidad jurídica, sino por su cercanía política, su lealtad ideológica o su capacidad de movilización electoral, con lo cual el Poder Judicial perdería su carácter contramayoritario y técnico.
- La figura presidencial y el debilitamiento simbólico del cambio
La elección de Claudia Sheinbaum como presidenta de México representa un hito histórico, al ser la primera mujer en ocupar el cargo en más de dos siglos de vida independiente. Sin embargo, su figura política ha sido interpretada por diversos sectores como una extensión del proyecto de su antecesor, más que como una ruptura o transformación en las formas de ejercicio del poder.
El periodista Carlos Loret de Mola, en su columna de El Universal (2024), sostiene que “el partido y su liderazgo siguen decidiendo quién entra y quién no a los espacios de poder, incluso ahora con una presidenta mujer”, lo cual evidencia que el cambio de género en la titularidad del Ejecutivo no ha significado, al menos por ahora, un cambio en las estructuras de decisión.
Aunque formalmente investida con la legitimidad del voto popular, la presidenta Sheinbaum enfrenta el reto de demostrar independencia respecto al liderazgo político que la impulsó. De lo contrario, su presidencia corre el riesgo de ser percibida como una continuidad subordinada, más que como una transformación institucional real.
Conclusiones
La propuesta de reforma judicial pone de relieve una de las paradojas más complejas del sistema político mexicano: la coexistencia de mecanismos democráticos formales con prácticas autoritarias y centralistas. La elección popular de ministros y jueces, lejos de democratizar el Poder Judicial, puede consolidar el control partidista sobre uno de los contrapesos esenciales del régimen constitucional.
En este contexto, la figura de la primera presidenta se ve instrumentalizada en una narrativa que invoca al pueblo, pero que en los hechos reproduce las dinámicas verticales del poder. La verdadera democracia requiere más que elecciones: demanda instituciones autónomas, reglas claras y una ciudadanía activa que pueda ejercer vigilancia efectiva sobre sus representantes.
Bibliografía
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación.
- Cossío Díaz, J. R. (2024). Entrevista en El Universal, 6 de febrero.
- Loret de Mola, C. (2024). “No manda el pueblo, manda el partido”. El Universal, 22 de marzo.
- Reforma. (2024). “Morena impone candidaturas clave sin consulta”, 15 de marzo.
- Animal Político. (2024). “¿Es buena idea elegir ministros por voto popular? Lo que opinan los expertos”, 5 de febrero.
- Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. (2023). La independencia judicial en México: retos y perspectivas.